lunes, 17 de noviembre de 2014

La Veda  Electoral  versus Los Mass Media.

“La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.”
 Groucho Marx (1890-1977) Actor estadounidense.

Como en casi todos los países democráticos, la veda electoral se instauró en España con varios objetivos: darle un “período de reflexión” a los votantes, impedir que haya posibles encuentros violentos entre militantes de los diferentes partidos políticos y la publicación de encuestas de última hora que puedan engañar a los electores.

En Latino América han ido un poco más allá, y en países como Venezuela, adicionalmente, se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas días antes del día de las elecciones, se cierran las fronteras y se suspenden temporalmente los  permisos de porte de armas.

Pero, ¿Realmente tienen sentido estas regulaciones en pleno siglo XXI? 

Quizás en algunos países donde las Instituciones del Estado son débiles en su accionar, y donde la separación de los Poderes no es clara y concreta, se justifican todos estos elementos de la veda, pero en democracias consolidadas como la española…, ya se oyen voces reclamando el levantamiento de estas limitaciones.

En España,  el debate está servido, y toca preguntarse si sirve o no este mecanismo que se ha quedado viejo en el tiempo. En primer lugar, más allá de ser unas reglas instauradas hace mucho, aún no existen penas contundentes en el caso de que algún organismo o partido político las viole. (Recordar el 11M, y la convocatoria del PSOE frente a la sede del PP, el día de la reflexión), lo que no tiene ningún sentido.

Por otra parte, el desarrollo y crecimiento de los Mass Media (fundamentalmente las redes sociales), hacen que no se pueda controlar a efectos reales, que la veda se esté cumpliendo como corresponde. Es más que obvio, que a pesar de que en esos días  en los que no habrá propaganda electoral en la televisión, la radio u otros medios tradicionales, si circularán por Internet (Páginas Web, Facebook, Twitter, etc.) los mensajes políticos de todos los partidos, y continuarán presentes buscando atraer a los votantes.

Concretamente ¿Cuales son las limitaciones de veda en España?
Las limitaciones del procedimiento de las elecciones están fijadas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Ø  La campaña electoral dura 15 días y termina a las cero horas del día anterior a la jornada electoral. Esto es, si las elecciones son un domingo, el sábado a las cero horas ha terminado la campaña y comienza la jornada de reflexión.
Ø  Artículo 53. No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado ni tampoco durante el período comprendido entre la convocatoria de las elecciones y la iniciación legal de la campaña. La prohibición referida a este último período no incluye las actividades habitualmente realizadas por los partidos, coaliciones y federaciones en el ejercicio de sus funciones constitucionalmente reconocidas y, en particular, en el artículo 20 de la Constitución. Esto implica que no es legal repartir propaganda ni pedir directamente el voto.
Ø  Artículo 69.7. Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación. El objetivo de esto es permitir la reflexión no condicionada del votante.
Ø  Artículo 91.4. Nadie puede entrar en el local de la Sección electoral con armas ni instrumentos susceptibles de ser usados como tales. El Presidente ordenará la inmediata expulsión de quienes infrinjan este precepto.
Ø  Artículo 93. Ni en los locales de las Secciones ni en las inmediaciones de los mismos se podrá realizar propaganda electoral de ningún género. Tampoco podrán formarse grupos susceptibles de entorpecer, de cualquier manera que sea, el acceso a los locales, ni se admitirá la presencia en las proximidades de quien o quienes puedan dificultar o coaccionar el libre ejercicio del derecho de voto.

De todas estas normas, a mi juicio, el artículo 69.7, el que establece la prohibición de la divulgación de los sondeos electorales es la más susceptible de cambio, y el criterio es, ¿Por qué por privar a los votantes de la información de última hora? Nadie puede asegurar que esta información cambiará la intensión de voto, cuando se está a horas de las votaciones. No obstante, La idea de suspender las publicaciones de las encuestas políticas en los medios de comunicación de la región o del país, tiene como objetivo intentar impedir que influyan en la opinión pública, sobre la base que estas encuestas pueden estar amañadas. Pero también se puede estar engañando al electorado al ocultarle la información.

En los tiempos que vivimos, en los que cualquier candidato puede ser imputado, e inmediatamente ser juzgado por la opinión pública, aunque después el mismo juez que lo imputó lo declare inocente, la intensión del voto puede variar en apenas unas horas, y no por eso a los jueces y a los medios se les prohíbe pronunciarse sobre casos de posible corrupción o prevaricación, por que falten unas horas para ir a votar.

Dejar que se conozcan los sondeos  a pocas horas del proceso de votación puede generar más participación y movilización del electorado. Es como el efecto de los procesos a doble vuelta. El CIS podría ser la encuestadora elegida en un principio para esto, al igual que para emitir los Exit Poll que se generan a lo largo del día de votación.

En los Estados Unidos, el país que más elecciones realiza, desde hace muchos años se levanto la veda electoral, y más recientemente, en las elecciones a la presidencia de Brasil, en las que ganó la Sra. Dilma Rousseff, las autoridades electorales decidieron  levantar la veda el mismo día de las elecciones, tomado en consideración que no era necesario mantenerla, dado la difusión de los resultados a través de los Mass Media.

La polémica está servida, ¿Seguirá España con la veda electoral?

Eduardo Guerra B
Analista político y representante de la empresa Estudios y Organización Eugenio Escuela.

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